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Política

Las instancias deberán funcionamiento de con recursos propios y personal capacitado.

 

Durante la trigésima segunda sesión ordinaria de la LXIV legislatura local, la diputada Lorena Ruíz García presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto, por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

 

En este sentido, la legisladora local destacó que se debe seguir trabajando en la búsqueda de la igualdad entre mujeres y hombres en el país, y su continuo mejoramiento, hacen necesario encaminar acciones para garantizar este derecho en todos los órdenes de Gobierno, en México. 

 

En este contexto la integrante del congreso local refirió que los Municipios están obligados a institucionalizar la perspectiva de género a través de la creación de la instancia municipal de la mujer, figura que el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), define como un organismo que promueve la igualdad entre mujeres y hombres en las áreas de desarrollo social, económico, político y cultural; mediante el fomento y la aplicación de la perspectiva de género en los tres niveles de gobierno; promoviendo la vinculación con todos los sectores sociales, la participación y el ejercicio pleno de la ciudadanía de las mujeres en el marco de un gobierno municipal democrático, incluyente y justo.

 

Ruiz García destacó que la iniciativa presentada determina que laAdministración Pública Municipal se integrará, cuando menos, por el Secretario del Ayuntamiento, el Tesorero Municipal, la Directora del Instituto Municipal de la Mujer, el responsable de Seguridad Pública, el Director de Obras Públicas y el Cronista del Municipio. El secretario del Ayuntamiento; la Directora del Instituto Municipal de la Mujer, Cronista y Juez los designará el presidente Municipal y los deberá ratificar el cabildo. El Reglamento Interior de cada Ayuntamiento establecerá las demás dependencias necesarias para el cumplimiento de sus funciones y determinará sus facultades.

 

Además, de que la Directora de la Instancia Municipal de la Mujer deberá contar con título y cédula profesional en el área de las ciencias sociales o afines y formación en materia de género. 

 

La Instancia Municipal de la Mujer deberá contar con personal profesionalizado para el logro de sus objetivos, mismo que estará integrado por un/una abogada/o, Psicóloga/o, Trabajador/a Social; personal que deberá contar con título, cédula profesional y con conocimientos en materia de género; además del personal administrativo que sea necesario para el cumplimiento de sus fines.   

 

La conformación de la Instancia Municipal de la Mujer, su organización, sus fines, así como la forma de obtener ingresos extraordinarios al presupuesto municipal, quedarán establecidos en el reglamento municipal de la materia. Corresponde a la Dirección de la Instancia de la Mujer en colaboración directa con el Presidente Municipal de conformidad con el artículo 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 16 del a Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, las Leyes Locales en la materia y acorde con la perspectiva de género.

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