- El TET determinó que el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones no acreditó la vinculación de Alfonso Sánchez García con la propaganda denunciada.
El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revocó el acuerdo emitido por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) mediante el cual se ordenó a Alfonso Sánchez García retirar bardas y espectaculares, al concluir que la autoridad electoral no contó con elementos suficientes para atribuirle la autoría o responsabilidad de dicha propaganda.
En su resolución, aprobada por mayoría de votos dentro del Juicio Electoral TET/JE/070/2026, el Tribunal estableció que el ITE no fundamentó ni motivó de manera adecuada la medida cautelar impuesta, ya que reconoció no tener certeza sobre quién contrató, financió o colocó la propaganda y, aun así, responsabilizó a Alfonso Sánchez García de su retiro.
Asimismo, el órgano jurisdiccional advirtió que no fueron valorados de manera suficiente los deslindes presentados oportunamente por Alfonso Sánchez García, lo que derivó en una afectación a los principios de legalidad, certeza y debido proceso que deben regir toda actuación de la autoridad electoral.
Si bien la resolución tiene efectos declarativos debido a que la propaganda fue retirada previamente, el Tribunal dejó sin efectos el acuerdo del ITE al considerar que carecía del sustento jurídico necesario.
Con esta determinación, queda confirmado que los argumentos presentados por Alfonso Sánchez García eran fundados y que ninguna autoridad puede atribuir responsabilidades sin contar con los elementos jurídicos que las acrediten, reafirmando así la importancia de que las decisiones electorales se apeguen estrictamente a la legalidad y al respeto de los derechos de las personas involucradas.